PRINCIPIOS RECTORES DE LA FUNCIÓN NOTARIAL Y ACTUACIONES QUE COMPROMETEN SU VALOR

4ª Ponencia | Domingo 10:00-11:00

Carmen Velasco Ramírez,
Notario de Bilbao.
COLABORADORES:
- Pilar de Prada Solaesa,
Notario de Madrid.
- Juan Pino Lozano,
Notario de Málaga.
- Manuel Obeso de la Fuente,
Notario de Santoña.
  • Pilar de Prada Solaesa, Notario de Madrid.
  • Juan Pino Lozano, Notario de Málaga.
  • 
Manuel Obeso de la Fuente, Notario de Santoña.
ÁREAS A ANALIZAR:
  • Reflexión sobre las conductas notariales actuales que comprometen el valor de la función notarial . Consideración de cómo incide la configuración legal actual del notariado y la posición de los tribunales de justicia . ¿Desde dónde partir para definir la función notarial hoy?
  • ¿Es suficiente el régimen jurídico disciplinario vigente, o es necesario revisar la regulación para asegurar el valor actual de la función notarial?
  • Revisión del procedimiento y de los recursos humanos y materiales existentes. ¿Es suficiente hoy o hay razones para recomendar una actualización que asegure un sistema disciplinario real?
  • Contribución de los órganos corporativos. ¿Cómo asegurar una responsabilidad que contribuya al valor del Notariado?
  • Propuesta para asegurar que las conductas notariales sean reflejo del valor de la función notarial para responder a las exigencias actuales de servicio público. Código disciplinario.

PRINCIPIOS RECTORES DE LA FUNCIÓN NOTARIAL Y ACTUACIONES QUE COMPROMETEN SU VALOR

Leer menos

Presentación:

Las circunstancias que la sociedad se ha visto obligada a vivir en la última década, han supuesto un desafío para los ciudadanos, familias, empresas, políticos, profesionales y también para el notariado. Tradicionalmente los notarios hemos sido identificados por la sociedad como profesionales cualificados garantes de la seguridad jurídica preventiva. Dada la relevancia y responsabilidad de la función notarial, consideramos necesario someter a reflexion entre nosotros, la actuación notarial que hemos venido desarrollando durante este tiempo con el fin de revisar si hemos sabido afrontar las circunstancias sociales y económicas de modo que nuestra actuación siga siendo la respuesta adecuada a la sociedad y así, digna de la tradición notarial.

La actuación notarial no es fruto de la improvisación ni de la discrecionalidad sino que nace como respuesta a principios jurídicos que están, por tanto, en su razón de ser y que han sido consagrados como esenciales para contribuir al bien común de la justicia. Los cambios sociales y económicos de los últimos años han demandado que el notariado continuara siendo respuesta a las nuevas necesidades y sin embargo en algunos casos esta adecuación a la realidad ha traído consigo actuaciones que han comprometido los fundamentos de la función notarial y han quebrado la concepción del notariado como cuerpo que actúa en una misma dirección y bajo unos mismos principios.

Leer más

Está en cuestión, a través de esta ponencia, la identificación de los principios jurídicos que en la actualidad continúan justificando la función notarial y la formulación del sistema legal que asegure su protección. La reordenación legal de la deontología o disciplina notarial no debe ser, en nuestra opinión, una formulación abstracta sino, por el contrario, una herramienta de trabajo que ayude tanto a cada notario en el ejercicio de su trabajo en el despacho como a los órganos corporativos, como responsables de garantizar la función notarial y de asistir a los notarios en sus necesidades.

Es una materia para cuya reflexión es esencial conocer el sentir de todos y las ideas diversas acerca del método para afrontarla. La idea directriz de esta ponencia es dar un paso consciente y eficaz.

Comunicaciones recibidas:

Javier Manrique. Notario de Jerez de la Frontera

Es evidente la necesidad de la actualización del régimen disciplinario para convertirlo en una medida eficaz de protección del correcto ejercicio de la función notarial, pues el actual no cabe duda que presenta muchos déficits que impiden o dificultan la acción inspectora y sancionadora de los órganos corporativos. Peor no es menos cierto que hoy día es necesaria una permanente y continua auto regulación, tanto en esta como en otras materias aprovechando las medidas existentes y utilizando la imaginación en el desarrollo de planes de actuación que permitan ejercer esta labor con ciertas garantías de eficacia...

Seguir leyendo...

José Francisco González de Rivera Rodríguez. Notario de Leganés

Al leer los temas del Simposio, vista la situación actual del notariado, yo diría, para empezar, que el cuerpo me pide guerra (en el sentido figurado de la expresión, claro está), si bien me he propuesto mantener la cabeza bien fría para conseguir ser más efectivo.

Pues, hala, con el mejor buen humor, con una sonrisa en la cara (para que los problemas no nos amarguen la vida), vamos a entrar en la batalla...

Seguir leyendo...

José Andújar Hurtado. Notario de Vélez (Málaga)

Los principios rectores de la función notarial resultan de estos tres rasgos reconocidos por Ley: el Notario es (1) un funcionario público, (2) Doctor o Licenciado en Derecho, especialmente cualificado y seleccionado por rigurosa oposición, (3) que da fe, conforme a las leyes, de los contratos y los demás actos extrajudiciales en las escrituras, actas y testimonios notariales que autorice, que tienen una triple fuerza: fuerza ejecutiva, fuerza probatoria y presunción de legalidad...

Seguir leyendo...

Manuel Obeso de la Fuente. Notario de Santoña

Los principios jurídicos esenciales, para mí, son los siguientes:

- La función notarial es una función pública delegada, no una concesión administrativa para la explotación de una actividad económica.

- Es una función delegada personalmente en el Notario.

- Es una función cuya quintaesencia y razón de ser es el control de legalidad preventivo y material, es decir, que tanto el objeto sobre el que recae (los actos y negocios jurídicos) como el resultado de su prestación (la autorización o denegación del instrumento), como los efectos que produce en relación con su objeto son de naturaleza sustantiva...

Seguir leyendo...

Javier Vinader Carracedo. Notario de Bilbao

En materia de deontología creo que se pueden apreciar dos ramas en las que profundizar.

La primera sería la relativa a la propia función.

La esencia del notariado y el fundamento de la función notarial han sido y deberían seguir siendo la seguridad jurídica y la imparcialidad. La sociedad siempre nos ha visto como un tercero en quien confiar...

Seguir leyendo...

Pilar de Prada Solaesa. Notario de Madrid

1. Situación del Notariado actual.

Con carácter previo a la propuesta de medidas concretas, me parece útil hacer una valoración de la percepción que de los notarios tienen los ciudadano, los operadores, y nosotros mismos. El punto de partida, en mi opinión, sigue siendo positivo. La gente ve en nosotros funcionamiento eficaz, que nuestra intervención produce garantías, que somos una institución fiable. Y nosotros mismos no sentimos útiles a la sociedad. En resumen hay confianza en el notario. No obstante el análisis crítico de la valoración que voy a hacer, exige descender al detalle...

Seguir leyendo...

Juan Luís Millet Sancho. Notario de Jávea

Es principio general del derecho penal el carácter ejemplificativo de las penas. La reacción del estado de derecho a través de la condena busca no solo la sanción al culpable sino que, entre otras muchas reacciones y consecuencias, constituye un serio aviso para los que pueden emprender un camino parecido. Dicho en castizo: “Tu sigue así y acabarás como...”

Seguir leyendo...

Aránzazu Aznar Ondoño. Notario de Santa Cruz de Tenerife

Brevísimas líneas sólo para, dentro de las cuestiones perfectamente expuestas por los compañeros, y dada la oportunidad que  parece se nos puede brindar de actualizar y perfeccionar nuestro sistema, esbozar algunas ideas:

  • Determinadas cuestiones deberían corresponder exclusivamente al Consejo General, cuya composición también se propone actualizar, para garantizar una igual actuación de todos los notarios en el territorio nacional.: publicidad, salidas, bodas, guardias en las elecciones…(el cliente ve en los medios que al hijo de la infanta le casó en su domicilio un notario, y cuando tú le dices que tú colegio no permite la celebración de bodas fuera de tu despacho, piensa, simplemente...

Seguir leyendo...